Greenpeace gana amparo contra la extinción del Fondo para el Cambio Climático

Este es uno de los fideicomisos extintos por la administración de López Obrador en noviembre de 2020 y canalizaba recursos para enfrentar esta problemática

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a Greenpeace México en contra de la extinción del fideicomiso conocido como Fondo para el Cambio Climático, que fue desaparecido en noviembre de 2020 durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Los ministros avalaron con cuatro votos la propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat; el voto en contra fue emitido por el ministro Jorge Pardo Rebolledo.

En noviembre de 2020, la mayoría de Morena y aliados en el Congreso federal aprobó la propuesta enviada por López Obrador para eliminar 109 fideicomisos públicos, entre ellos el fondo que estableció la Ley General de Cambio Climático y que era administrado por la Secretaría de Hacienda.

En dicha ley se contempló, hasta 2020, la existencia del Fondo para el Cambio Climático con el fin de canalizar recursos financieros para apoyar acciones y proyectos que tengan como fin mitigar y enfrentar los efectos del cambio climático.

Sin embargo, con la eliminación del fondo, los recursos para el combate del cambio climático provendrían de una partida establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

En su proyecto, la ministra Ríos Farjat propuso considerar que la extinción de ese fideicomiso fue una medida regresiva que vulneró el derecho a un medio ambiente sano.

Asimismo, precisó que, aunque se declara inconstitucional la reforma que extinguió el fondo, la decisión de la SCJN sólo tendrá como resultado que Greenpeace México acceda a fondos públicos para mitigar los efectos del cambio climático.

Esta decisión tomada por la Primera Sala contradice la que tomó la Segunda Sala en abril de 2023, en la que los ministros integrantes negaron un amparo al Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) bajo el criterio de que la eliminación del fondo no afecta el derecho al medio ambiente sano, toda vez que se contempla el acceso a recursos mediante el Presupuesto de Egresos.

Fuente: Latinus

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