La joven, que falleció en 2017 cuando tenía 27 años, estuvo embarazada en 2013 de un feto anencefálico, una malformación congénita
La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró el viernes responsable al Estado de El Salvador por violencia obstétrica, violaciones a la salud, al acceso a la justicia y al derecho a la vida privada, entre otros, por el caso de una mujer salvadoreña a quien médicos e instituciones le negaron en 2013 la interrupción de un embarazo inviable en un país en donde el aborto es castigado con prisión.
Según el fallo, notificado y leído el viernes por el juez Rodrigo Mudrovitsch, vicepresidente de la Corte IDH, el Estado salvadoreño es responsable por negar el acceso al aborto a Beatriz, una mujer cuyo nombre completo se mantuvo en reserva, que tenía complicaciones de salud que le llevaron a la muerte cuatro años después de su segundo embarazo, tras un accidente de moto.
La joven, que falleció en 2017 cuando tenía 27 años, estuvo embarazada en 2013 de un feto anencefálico, una malformación congénita incompatible con la vida que derivó en la muerte del mismo. Los médicos se negaron a realizar un aborto.
El caso llegó a la Corte IDH el 5 de enero de 2022 luego de que fuera enviado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que alegó que el Estado de El Salvador violó los derechos a la vida y a la salud de Beatriz al no permitir la interrupción del embarazo.
La Corte IDH también consideró que el Estado salvadoreño es responsable de la violación al derecho a la integridad personal de la madre, esposo y compañero de vida, y del hijo de Beatriz.
Ordenó al Estado pagar indemnizaciones por daños y por asistencia legal, así como brindar la atención médica y psicológica gratuita que requieran las víctimas.
“Para mí ha sido un triunfo, yo sé que no ha sido fácil, pero el Estado tiene el deber de responder a las medidas que la Corte le ha puesto”, dijo Delmy, madre de Beatriz, en una conferencia de prensa junto a varias organizaciones, después de la notificación del fallo.
También requirió a las instituciones adoptar guías de actuación médica y judicial frente a situaciones de embarazos que pongan en riesgo la vida y la salud de la mujer y un plan de capacitación al personal de salud, operadores de justicia y personal estatal.
Según la Corte IDH, la mujer “confrontó situaciones en el marco del sistema de salud pública y de administración de justicia que generaron inseguridad en términos de atención oportuna y adecuada, y violencia obstétrica”.
Además el fallo señala “la falta de protocolos para el abordaje de embarazos de alto riesgo” en El Salvador, lo que “llevó a burocratizar y judicializar la atención médica requerida”.
Sin embargo, la Corte IDH no se pronunció sobre la responsabilidad estatal en la muerte de Beatriz en 2017, ya que no probó un “nexo causal” con la falta de atención médica que sufrió en 2013. Tampoco se pronunció sobre cuál era la mejor manera de abordar la situación médica ni sobre el derecho a la vida o los riesgos de vida por las decisiones médicas adoptadas.
Las organizaciones litigantes en el caso pidieron a la Corte Interamericana reparar a la familia de Beatriz por las violaciones sufridas, ya que documentan una serie de complicaciones de salud.
El Estado salvadoreño alegó que el equipo médico tuvo autonomía para decidir el mejor tratamiento y preservar la vida del feto y aseguró que Beatriz tuvo acceso a la justicia y que fue informada de los detalles de su atención médica.
Ahora, El Salvador tiene un año para rendir un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir la sentencia y la Corte supervisará su cumplimiento. El Estado también deberá difundir un resumen y la sentencia íntegra.
“La Corte ha reconocido la violación a derechos humanos a Beatriz. La Corte ha hecho justicia con Beatriz y su familia, estableciendo la responsabilidad internacional del Estado”, reaccionó el viernes la presidenta de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, Morena Herrera, en la conferencia de prensa de las organizaciones.
La mujer, originaria del distrito de Jiquilisco, en el municipio de Usulután Oeste, pidió interrumpir su embarazo por su temor a perder la vida por su vulnerable salud debido a sus enfermedades diagnosticadas desde sus 20 años: lupus eritematoso sistémico agravado, nefropatía y artritis reumatoidea.
Tuvo un primer hijo en marzo de 2012, luego de una cesárea, que estuvo hospitalizado 38 días diagnosticado de un trastorno respiratorio y enterocolitis necrosante (muerte de tejido intestinal). Durante el embarazo, desde julio de 2011, fue hospitalizada en dos ocasiones por anemia y consecuencias del lupus. Pese a las indicaciones médicas, optó por no esterilizarse ya que consideraba “tener hijos más adelante”.
En su segundo embarazo, el feto fue diagnosticado con anencefalia, una malformación congénita, luego de lo cual un comité médico de 15 especialistas le sugirió la interrupción del embarazo porque era “incompatible con la vida”.
“Se firma un acta y determina que era el mejor momento para hacer la interrupción y evitar que se sometiera a ese riesgo innecesario, porque no iba a sobrevivir el feto. En ese momento, tenía 14 semanas”, relató en marzo de 2023 el exjefe de la unidad de embarazos de alto riesgo del hospital nacional de maternidad, Guillermo Ortiz, en audiencia ante la Corte IDH.
Según el resumen de la CIDH, ese diagnóstico se realizó el 14 de marzo de 2013 luego de exámenes sobre el estado del feto. El informe médico indica que Beatriz pidió la interrupción de su embarazo pero le respondieron que “legalmente no es permitido en el país”.
La fiscalía resolvió el 24 de abril que no estaba habilitada para emitir una opinión técnica, mientras la Sala de lo Constitucional rechazó una demanda de amparo a Beatriz el 28 de mayo de 2013, señalando que son decisiones que corresponden “estrictamente a los profesionales de la medicina”.
La CIDH emitió entonces medidas cautelares a favor de Beatriz para que recibiera el tratamiento recomendado por el Comité Médico. Pese a ello, el 3 de junio de 2013 se le practicó una cesárea y la recién nacida, sin calota craneal ni tejido cerebral, falleció cinco horas después.
Fuente: Latinus