La Corte señaló que es de interés en materia constitucional y de derechos humanos este asunto, además de que no existe un precedente sobre el tema
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió el amparo en revisión presentado por la actriz Livia Brito Pestana en contra de la sentencia emitida por un tribunal colegiado que confirmó el pago de una indemnización por daño moral a favor de un fotógrafo de espectáculos.
La actriz argumentó en su recurso de revisión que se le violentó su derecho a la intimidad y a la propia imagen al tomarle fotografías sin su consentimiento, hecho ocurrido en 2020.
Al admitir el caso, la SCJN señaló que es de interés en materia constitucional y de derechos humanos, además de que no existe un precedente sobre el tema.
“El asunto se encuentra vinculado con un tema de constitucionalidad, consistente en la interpretación del derecho a la privacidad frente a la libertad de expresión”, se lee en el acuerdo de este jueves.
En junio de 2020, el paparazzi Ernesto Zepeda tomó fotografías de la actriz y su entonces pareja durante unas vacaciones en Cancún, Quintana Roo, a lo que respondieron con una agresión física hacia el periodista gráfico.
En octubre de 2021, Zepeda Estrada demandó por la vía civil a Brito Pestana y su pareja, y en marzo de 2023 un juzgado de la Ciudad de México los declaró responsables por daño moral por la afectación al aspecto físico del fotógrafo a causa de los golpes que recibió.
Además, el juez estableció una indemnización de más de un millón de pesos como reparación del daño moral.
Luego de que Livia Brito impugnó la sentencia, un tribunal colegiado decidió no amparar a la actriz al considerar que la condena monetaria no fue excesiva y, aunque se reconoció que las fotografías no eran de interés periodístico, como se trata de una figura pública “debe soportar una disminución en la protección de su vida privada”.
“Al ser una figura pública está sujeta a observar un mayor grado de tolerancia, ya que las celebridades encarnan ciertos valores y modos de vida que llegan a ser ejemplo para las personas que siguen sus trayectorias”, dijo el tribunal colegiado en su sentencia de febrero de 2025.
El asunto fue turnado a la ministra Margarita Ríos Farjat y será discutido y votado en la Primera Sala de la SCJN.