Suprema Corte rechaza atraer el amparo para hacer pública la información sobre la compra de Fertinal por Pemex

El proyecto elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama propuso que la SCJN no ejerciera su facultad de atracción, ya que la legislación en materia de transparencia es clara en otorgar una protección menor al secreto bancario cuando involucra recursos públicos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer un amparo en revisión que tiene como objetivo determinar si se debe hacer pública o no la información relacionada con la adquisición de la empresa Fertinal por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex) durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.

En 2019, un usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia requirió a Nacional Financiera que le entregara los dos contratos de crédito que abrieron Petróleos Mexicanos y PMX Fertilizantes del Pacífico, para financiar la compra de Grupo Fertinal en 2015.

Nacional Financiera reservó la información por considerarla de carácter confidencial. Ante ello, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó que se entregara la información solicitada por tratarse del uso de recursos públicos, que consistió en un crédito de 209 millones de dólares y un refinanciamiento por 425 millones de dólares.

Luego de la resolución del INAI, Banco Azteca promovió un amparo para que se mantuviera como confidencial esa información porque, aseguró, se trata de secreto bancario. Esa institución financiera afirmó que prestó los servicios de banca y crédito en la compra de Fertinal mediante la captación de recursos del público en el mercado nacional para su colocación en el mercado público.

En un principio, un juzgado de distrito dio la razón al órgano de transparencia porque el caso Fertinal involucra recursos públicos y, además, existen procedimientos de responsabilidad iniciados por la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de la Función Pública.

Banco Azteca, inconforme con esa sentencia, interpuso un amparo en revisión que recayó en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, el cual solicitó que la Suprema Corte ejerciera su facultad de atracción con el fin de que determine si debe prevalecer el derecho a la información o el derecho al secreto bancario.

El proyecto elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama propuso que la SCJN no ejerciera su facultad de atracción, ya que la legislación en materia de transparencia es clara en otorgar una protección menor al secreto bancario cuando involucra recursos públicos, por lo que el máximo tribunal no tiene por qué determinar qué derecho tiene mayor relevancia.

Dicho proyecto fue aprobado por unanimidad por los ministros integrantes de la Segunda Sala de la Suprema Corte, por lo que corresponderá al tribunal colegiado resolver en definitiva ese asunto.

Fuente: Latinus

Síguenos y dale Me Musta